La nueva sentencia del Tribunal Constitucional es del 15 de febrero y establece que los diferentes Tribunales Superiores de Justicia no pueden revocar los laudos arbitrales – LittleOpen Arbitraje

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El Tribunal Constitucional de nuestro país acaba de hacer historia con la sentencia sobre Arbitraje, como fórmula de resolución de conflictos, del pasado 15 de febrero impulsando fuertemente el Arbitraje en español en el ámbito internacional. Es la principal conclusión de los máximos expertos en arbitraje de nuestro país que analizan por primer vez dicha sentencia en el primer Little Open (LO) de 2021, encuentro del Open de Arbitraje. El Tribunal Constitucional dictamina que los laudos arbitrales no pueden ser revisados en una segunda instancia.

El arbitraje en español ganará así posiciones frente a la hegemonía internacional que históricamente ha tenido el inglés. Las convocatorias de los Little Open forman parte del Open de Arbitraje, principal foro de intercambio de conocimiento, experiencias y Networking del arbitraje en español. El  Open de Arbitraje es una iniciativa de la Corte Asociación Europea de Arbitraje.

El primer análisis de la sentencia del Tribunal Constitucional del 15 de febrero ha sido realizado por el máximo protagonista de la histórica decisión, Bernardo M. Cremades, árbitro español referente internacional, socio fundador de la firma B. Cremades y Asociados impulsor del contencioso ante el máximo órgano de la decisión que le ha dado la razón. Le ha acompañado Carlos de los Santos, Presidente del Club Internacional del Arbitraje, como representante de todo el sector y ha estado moderado por Javier Íscar, árbitro referente por su perfil innovador e impulsor de Open de Arbitraje, el marco de debate más importante del Arbitraje en Español.

El Tribunal Constitucional subraya, una vez más, que si la resolución arbitral no puede tacharse de arbitraria, ilógica, absurda o irracional, no cabe declarar su nulidad amparándose en la noción de orden público.

El Arbitraje en España logra también ubicación constitucional con la sentencia del 15 de febrero de 2021, indicaBernardo Cremades en Little Open que explica: “Mientras que la Constitución de Cádiz recogía el arbitraje, la actual lo hace ahora por primera vez con la reciente sentencia que llama a los tribunales inferiores a acatar la decisión”. Carlos de los Santos, Presidente del Club Español del Arbitraje, explica como ha sido la acogida de la sentencia por el sector: “La sentencia, ha tenido una trascendencia enorme tanto en España como en ámbito internacional. Es clara, didáctica y marca el regreso a la normalidad arbitral”.  Los expertos incidieron en que la nueva sentencia da continuidad a la ya dictada sobre el control judicial de los laudos del pasado 15 de junio por el recurso de amparo presentado por la abogada Ana Barriga del despacho ISCAR Arbitraje.

Efectos económicos de la sentencia

Cremades también destacó que la Sentencia es un enorme impulso para el arbitraje societario destinado a solucionar las disputas empresariales, básicamente domésticas, en plazos más breves. Especialmente importante en el momento de la pandemia de colapso judicial. Arbitraje doméstico que muchos abogados mercantilistas no admitían. Este nuevo escenario deberá de impulsar, por tanto, la expansión del arbitraje tanto en el ámbito doméstico, como en mercado iberoamericano. Crecimiento que puede llegar a cifrarse hasta en el 20 por ciento en la próxima década.

Fuente: Open de Arbitraje

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