Tras el éxito de las I Jornada de Responsabilidad Civil Profesional del pasado año, el Colegio de Abogados de Granada ha celebrado una segunda edición de este encuentro jurídico, en colaboración con Occident y Mediterránea Broker, en el que se han dado cita en torno a sesenta responsables de Junta de Gobierno y técnicos de este campo de los colegios de abogados de Andalucía y Murcia para debatir sobre esta materia y extraer conclusiones que permitan mejorar la práctica diaria de las corporaciones.
El acto ha sido inaugurado por el decano de la Abogacía granadina, Leandro Cabrera Mercado que ha destacado el formato participativo y dinámico del evento, a modo de “diálogo entre profesionales”. Por su parte, el director territorial Levante Sur Corredores de Occident, Julio Pérez Andreu, se ha referido al impacto del sector Seguros a nivel económico y su papel esencial “en el bienestar, estabilidad y desarrollo de la sociedad española”. “Se van a abordar dos contenidos de suma importancia y poco tratados por los colegios”, ha añadido Carlos Maldonado Marín, gerente de Mediterránea Broker, durante la presentación.
En este sentido, la póliza de responsabilidad civil profesional, que los abogados están obligados a contratar para cubrir posibles daños que se puedan originar por dolo o negligencia en su ejercicio profesional, ha sido el eje de las dos mesas redondas de la jornada. La primera, en concreto, ha versado sobre la gestión de estas pólizas, con participación de Antonio Mir Ruiz, vicedecano del Colegio de Abogados de Granada; Manel Blanco Alpuente, director de Responsabilidad Civil Profesional de Occident; Enrique Montero Fuentes-Guerra, abogado y profesor en Derecho de la Universidad de Córdoba; Carlos Maldonado Marín, gerente de Mediterránea Broker; Ana García Rodríguez, responsable de gestión de la Responsabilidad Civil Profesional en el colegio anfitrión; y, como moderador, Pascual Valiente Aparicio, ex decano del Colegio de Abogados de Cádiz y ex presidente del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados.
El alcance de la cobertura de los profesionales en situaciones especiales (como inhabilitación por sanción, falta de pago de cuotas, colegiados no residentes, reincidencia de siniestros, sociedades profesionales, doble aseguramiento…), la valoración del riesgo o la función de control y tramitación por parte de los colegios, la correcta actuación en caso de cambio de compañía aseguradora, la problemática que genera la libre designación de la defensa legal, la incidencia del nuevo Estatuto General de la Abogacía en el control de otras pólizas distintas a la colectiva y la obligatoriedad de la suscripción por los abogados, la posible responsabilidad de las corporaciones, el tratamiento por parte de los colegios del escrito de reclamación o la atención y deber de información a los reclamantes ciudadanos/consumidores, han sido los temas analizados en esta primera mesa redonda, coincidiendo los expertos en la importancia de la formación por parte de los letrados, para que sean conscientes de la cobertura y el funcionamiento de la póliza.
A continuación, la II Jornada de Responsabilidad Civil Profesional de Andalucía y Murcia ha profundizado en cuestiones jurídicas de la póliza de la mano del propio decano de la Abogacía granadina y el profesor Montero Fuentes-Guerra, así como de Maravillas Hernández López, decana del Colegio de Abogados de Murcia; Vicente Laguna Sánchez, presidente de la Comisión de Deontología del Colegio de Abogados de Jaén; Ignacio Joya Amezcua, diputado Octavo y presidente de la Comisión de Ordenación Profesional de la Abogacía granadina; y María del Carmen Ruiz Matas, abogada socia de Hispacolex, como moderadora. En este caso, el debate ha desgranado aspectos prácticos sobre la obligación o deber de información al cliente durante la tramitación del procedimiento, especialmente a tenor de la reciente Ley Orgánica del Derecho de Defensa, la importancia de la hoja de encargo profesional, contenido y consecuencias de su existencia o ausencia, la responsabilidad civil profesional derivada del Turno de Oficio y las diferencias y límites entre Deontología y RC profesional.
Fuente: ICA Granada
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