En el curso de Urbanismo que organiza la Asociación Española de Abogados Urbanistas y que se celebrará en mayo se analizará cómo será el Urbanismo que viene, las importantes novedades que trae la que será nueva Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, su trascendencia para los habitantes, profesionales y agentes jurídicos que intervienen en el proceso edificatorio.
Para ello se contará con la presencia de destacados Ponentes como la Subdirectora General de Normativa Urbanística de la Comunidad de Madrid Beatriz Lobon Cerviá, los abogados urbanistas José María García Gutiérrez y María de los Reyes Rueda Serrano, Presidente y Secretaria respectivamente de la Asociación Española de Abogados Urbanistas, y con el Magistrado de la Sala 3ª de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo César Tolosa Tribiño entre otros.
La nueva normativa llamada “ Ley de Urbanismo y Suelo de la Comunidad de Madrid” sustituirá a la actual Ley 9/2001 de 17 de julio y el principal objetivo de la misma es dar respuesta a las nuevas realidades urbanísticas de los municipios de la región, dotándoles de instrumentos de planeamiento más flexibles, rigurosos y transparentes que posibiliten un desarrollo urbanístico sostenible.
La nueva Ley pretende acabar con la dispersión normativa, puesto que la actual Ley del Suelo ha estado vigente durante 15 de años, ha sufrido más de 15 modificaciones y alteraciones por otras normas ajenas al urbanismo.
Por ello es necesario y urgente dotar a la Comunidad de Madrid de un nuevo cuerpo normativo en materia de urbanismo, que constituya un auténtico código único, donde se recopile la legislación dispersa y se responda a las nuevas formas de ver y hacer urbanismo.
Entre las novedades destaca:
1.- la inclusión de un Plan General de Ordenación Urbana Simplificado, diseñado para los municipios de menos de 5.000 habitantes y hasta 6 millones de euros de presupuesto.
Estos municipios podrán optar por este Plan General Simplificado siempre y cuando las actuaciones se centren en sus cascos urbanos.
Las medianas y grandes ciudades tendrán a su disposición nuevos instrumentos urbanísticos como los programas municipales de actuación sobre el medio urbano que permitirán que las alteraciones del planeamiento necesarias para desarrollar y ejecutar actuaciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbana sólo requieran la aprobación de planes especiales, sin que sea necesario modificar el planeamiento general como hasta ahora.
2. La nueva Ley mantiene las clases de suelo urbano, urbanizable y no urbanizable pero hay modificaciones, de tal forma que el suelo que hasta ahora se consideraba suelo urbanizable no sectorizado pasa a ser suelo no urbanizable común.
En el suelo no urbanizable común no se podrá construir en ningún caso, salvo que se cambie su clasificación en el planeamiento general a iniciativa de los propios Ayuntamientos.
A su vez las medianas y grandes ciudades de la región tendrán a su disposición nuevos instrumentos urbanísticos como los programas municipales de actuación sobre el medio urbano, cuya elaboración será voluntaria y que permitirán que las alteraciones del planeamiento necesarias para desarrollar y ejecutar actuaciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbana que se incluyan en los mismos sólo requieran la aprobación de planes especiales, sin que sea necesario modificar el planeamiento general como hasta ahora.
3.- Se incremento los plazos de prescripción ante Infracciones Urbanísticas que pasará de los 4 años actualmente a 8.
4.-Se duplica y a su vez se endurece el régimen sancionador, destacando la posibilidad que tendrá la administración para decomisar cualquier beneficio que se obtenga por la comisión de una infracción, así como la posibilidad de que a la Administración no le suponga ningún coste las actuaciones que tenga que llevar a cabo para restaurar la legalidad urbanística, repercutiendo ese coste en el infractor.
5.- Mayor información en materia de Urbanismo para los madrileños y mayor transparencia.
Para ello, dedica su primer título en exclusiva a establecer las reglas relativas a la información urbanística y a consagrar el derecho a la participación ciudadana en el planeamiento de sus localidades, adaptando la norma a la Ley de Transparencia y a las nuevas disposiciones estatales sobre procedimientos administrativos que ha entrado en vigor este mes de octubre.
6.- Los Municipios tendrán 4 años para adaptarse a la Nueva Ley.
Una vez aprobada la Ley todos los municipios de la región deberán adaptar su planeamiento a las nuevas disposiciones para lo que tendrán un plazo de cuatro años.
Toda estas novedades que trae la Nueva Ley del Suelo de Madrid junto con otras serán tratadas en el Curso de Urbanismo que se celebrará los días 8, 11, 16 y 18 de mayo, contando con la col
aboración de la Agrupación de Jóvenes Abogados de MadridCurso destinado a una variedad de profesionales: letrados, arquitectos, técnicos, estudiantes, empleados de Inmobiliarias, Promotoras y Empresas diversas que quieran formarse en Urbanismo.
Fuente: Asociación de Abogados Urbanistas
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