Conclusiones de la jornada ‘La Reforma Laboral 2012. Nuevo paradigma social’ organizada por Ecija Abogados

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Desde Ecija nos remiten las conclusiones a las que han llegado tras la celebración la Jornada sobre ‘La Reforma Laboral 2012. Nuevo paradigma social’ que reproducimos a continuación:

El principal motivo de esta Reforma, aprobada mediante el Real Decreto Ley 3/2012, ha sido sin duda la grave situación económica y financiera global que ha sacudido a nuestro país con una de las tasas de desempleo más altas de Europa. En este sentido la Reforma actual emprendida por el Ejecutivo se convierte en un nuevo paradigma de las relaciones laborales en España enmarcada en este especial contexto económico y socio-político.

En esta ocasión se han analizado y explicado las cuestiones más trascendentales de la Reforma Laboral y sus aplicaciones prácticas, centradas principalmente en los cuatro grandes bloques que han sido objeto de modificación, así como sus puntos más conflictivos:

1. Fomento de la contratación indefinida y nuevo contrato para la formación.

2. Medidas de flexibilidad interna.

3. Novedades en la aplicación de los convenios colectivos.

4. Modificaciones en materia de despido.

Igualmente se ha analizado el nuevo equilibrio en las relaciones laborales que plantea la denominada flexiseguridad, entendida como el conjunto de medidas que pretenden fomentar: la empleabilidad de los trabajadores, reformando aspectos relativos a la intermediación laboral y a la formación profesional; la contratación indefinida y otras formas de trabajo, con especial hincapié en promover la contratación por PYMES y de jóvenes; incentivar la flexibilidad interna en la empresa como medida alternativa a la destrucción de empleo; y, finalmente, favorecer la eficiencia del mercado de trabajo como elemento vinculado a la reducción de la dualidad laboral, con medidas que afectan principalmente a la extinción de los contratos de trabajo.

Si bien es verdad, que el espíritu normativo de esta Reforma es principalmente la del fomento del empleo con una apuesta decidida por la flexibilidad interna en las empresas, en la corta andadura de la norma, y sin perjuicio de las modificaciones que se puedan producir en sede legislativa, la realidad es que a corto plazo ha sido principalmente la utilización de los mecanismos ofrecidos para la extinción de los contratos de trabajo. Es de suponer que, a medio y largo plazo, la Reforma ahora analizada estimulará el empleo indefinido por poner a disposición del empresario procedimientos más rápidos y sencillos de modificación de las condiciones laborales inicialmente pactadas en función de los cambios productivos que se puedan dar en la empresa, así como en última instancia medidas que de facto suponen un abaratamiento del despido.

Es por ello por lo que cobra especial importancia conocer y aplicar correctamente el nuevo marco normativo laboral, no solo en aquello que regula expresamente, sino también sus “silencios”, aquello que nodice y que puede ser interpretado con un amplio margen de decisión. Igualmente es importanteanalizar su especial régimen transitorio, para determinar en qué casos y desde cuándo debemosaplicar la nueva normativa, todo ello en definitiva para poder adoptar las medidas más adecuadas y eficaces que en cada momento requiera la situación real de la empresa y de su plantilla.

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